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Browsing by Author "EDSON LINO CONDORI BURGOA (TD-DER/ACPYP.0083)"

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    COADYUVAR EN LA ATENCION A LAS VICTIMAS DE DELITOS PUBLICOS PARA GARANTIZAR UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA EN EL CONSULTORIO JURIDICO DE LA UNIVERSIDAD AMAZONICA DE PANDO
    (2022) EDSON LINO CONDORI BURGOA (TD-DER/ACPYP.0083)
    La problemática de la violencia contra la mujer, es una violación gravísima de los derechos humanos que afecta al bienestar y desarrollo de los países. La violencia no se refleja sólo en los golpes, existen distintas formas de ejercerla, en Bolivia existe la Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia - Ley N° 348, que reconoce varias formas de violencia. Bolivia dio un gran paso en la tarea de reducir y eliminar la violencia contra las mujeres mediante la implementación de la Ley N° 348: “Ley Integral para garantizar a las mujeres una vida libre de violencia”, promulgada el 09 de marzo 2013, teniendo grandes avances, a partir de esta ley se establece que la violencia es un problema de orden público y no solamente privado. El sector salud está inmerso y obligado a buscar estrategias para la atención de mujeres que sufren violencia en todos sus tipos como lo es la violencia sexual; además, de extender la certificación correspondiente y cumplir con la toma de muestras y evidencias. ¿De qué manera el actual sistema normativo establecido por la Ley 348, se adecua a la protección judicial de las Víctimas de Violencia en las mujeres? En base a esta pregunta se ha desarrollado el trabajo de investigación, cuyo objetivo general es establecer mecanismos, medidas y políticas integrales de prevención, atención, protección y reparación a las mujeres en situación de violencia, así como la persecución y sanción a los agresores, con el fin de garantizar a las mujeres una vida digna y el ejercicio pleno de sus derechos. Se ha teorizado la naturaleza del acto calificado como violencia en la mujer a fin de individualizar al agente, a la víctima y el bien jurídico afectado, se ha contextualizado todos los antecedentes normativos, que han generado los Organismos Internacionales creados a este fin, se ha definido la justificación de penalizar la violencia en razón de cualquier persona en situación de violencia, identificando el bien jurídico protegido y los sujetos activo y pasivo del hecho.
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