EL INDULTO EN EL REGIMEN PENITENCIARIO

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2015

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El Indulto considerado como un derecho de gracia que se otorga a los condenados por sentencia firme y ejecutoriada, redimiéndoles toda la pena impuesta o parte de ella, conmutándosela por otra menos drástica. Por lo que, el Indulto es una institución que extingue la pena impuesta o lo hace parcialmente a través de la conmutación, rebajando la misma o sustituyéndola por otra más ventajosa, debiendo aclararse que su otorgamiento le corresponde a un órgano distinto al judicial, siendo generalmente concedido por el Órgano Ejecutivo con consentimiento del Legislativo. Por lo general, los motivos del Indulto se asientan en razones de humanidad de la pena, como en los casos de vejez, enfermedad o motivos familiares. En estos casos, el Indulto se le otorga en mérito a la situación de las personas o por las circunstancias que está pasando. Este es el fin más característico de este tipo de gracia. Bajo este paradigma, y en el marco del Convenio Interinstitucional que se tiene con la Universidad Amazónica de Pando específicamente con el Programa Académico de Derecho, se desarrolló el presente trabajo dirigido, en el Recinto Penitenciario de Villa Busch del Departamento de Pando, a fin de prestar asesoramiento y asistencia gratuita a los privados de libertad que cumplan con los requisitos para acogerse al Indulto normado en el Decreto Presidencial Nº 1723/2013 del 18 de septiembre del 2013, así como, en su ampliación el Nº 2131/2014 del 01 de octubre del 2014.

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TD-DER/ACPYP.0057

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