REGLAMENTACION DE LA LEY DEPARTAMENTAL 074 QUE DECLARA PATRIMONIO NATURAL DEPARTAMENTAL LA ESTACION BIOLOGICA ABUNA Y ESTACION BIOLOGICA TAHUAMANU.
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2021
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El Departamento de Pando cuenta con una diversidad de recursos biológicos y turísticos de singular importancia y belleza, donde el patrimonio natural, es permanentemente amenazado de desaparición por el avance no planificado de la mancha urbana, asentamientos ilegales y otros, el Gobierno Autónomo Departamental de Pando a promulgado normas precisas como la Ley 074 de nombramiento de Patrimonio Natural a las Estaciones Biológicas de Tahuamanu y Abuna, para evitar su deterioro y que ellos sean manejados en forma sustentable permitiendo a los pobladores su aprovechamiento para su propio desarrollo y el de la región. La Constitución Política del Estado establece que los bienes del patrimonio del Estado entre ellos el medio ambiente y los recursos naturales, constituyen propiedad pública inviolable, siendo deber de todo habitante del territorio boliviano respetarla y protegerla. En este sentido el proyecto de grado tiene como objeto general la elaboración del reglamento a la Ley Departamental 074/2017, el cual se cumplió a través de los objetivos específicos los cuales permitieron identificar las acciones para el manejo sustentable y su respectiva reglamentación en la actividad turística, e investigación científica pura y aplicada vinculada a la valorización, promoción y conservación del patrimonio natural, estableciendo sus parámetros para la aplicación y cumplimiento de lo determinado en la ley.
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PG-DER/ACJYP.0059