AUDITORIA OPERATIVA DEL PROGRAMA OPERATIVO ANUAL DE LA GESTION 2020 CON PRONUNCIAMIENTO EXPRESO SOBRE LA UTILIZACION Y DESTINO DE LOS RECURSOS DEL IMPUESTO DIRECTO A LOS HIDROCARBUROS DEL GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SENA-PANDO

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2021

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Según la Ley 1178 de Administración y Control Gubernamentales (SAFCO) de (20/07/1990), Art. 3º, la Administración y Control Gubernamental se aplicará a todas las entidades del Sector Público, sin excepción, entendiéndose por tales la Presidencia y Vicepresidencia de la República, los ministerios, las unidades administrativas de la Contraloría General de la República y de las Cortes Electorales; el Banco Central de Bolivia, las Superintendencias de Bancos y de Seguros, las Corporaciones de Desarrollo y las entidades estatales de intermediación financiera; las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional; los gobiernos departamentales, las universidades y las municipalidades; las instituciones, organismos y empresas de los gobiernos nacional, departamental y local, y toda otra persona jurídica donde el Estado tenga la mayoría del patrimonio. Art. 5º, Toda persona no comprendida en los Art. 30 y 40 cualquiera sea su naturaleza jurídica, que reciba recursos del Estado para su inversión o financiamiento (…) presentará estados financieros debidamente auditados. También podrá exigirse opinión independiente sobre la efectividad de algunos o todos los sistemas de administración y control que utiliza. De acuerdo al Decreto Supremo Nº 28421 del 21 de octubre de 2005, en su parágrafo V, control de los recursos otorgados a los beneficiarios, establece que presentaran estados financieros auditados y auditorías operativas sobre el cumplimiento de sus Programas Operativos Anuales, con pronunciamiento expreso sobre la utilización y destino de los recursos provenientes del IDH, según a la normativa vigente. Ante esta situación se da en cumplimiento a la normativa vigente la Ley 1178 de Administración y Control Gubernamentales, sobre el sistema de control externo posterior a realizar Auditoria Operativa, sobre el Cumplimiento del Programa Operativo Anual, con pronunciamiento expreso sobre la utilización y destino de estos recursos del Gobierno Autónomo Municipal del Sena, de acuerdo a la Ley Nº 3058, D.S. Nº 28421 y el D.S. Nº 29565, en términos de efectividad, eficiencia, eficacia y economía.

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TD-CP/ACEF.0037

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